Publicado el 2 de oct, 2025

✅Actualización Ley Nº 21.713

OBLIGACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADES A EXIGIR EL INICIO DE ACTIVIDADES

 

Se posterga el plazo hasta el 2 enero 2026

De acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.713 D.O. 24.10.2024, se han implementado diversas disposiciones que proporcionan al Servicio de Impuestos Internos más herramientas para combatir la evasión fiscal y el comercio informal. Además, se promueve la colaboración con otros organismos del Estado y del sector económico con el fin de fortalecer estas estrategias.

 

Dentro de las disposiciones de la Ley, se encuentra la exigencia del “inicio de actividades” por parte de los órganos de la administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades, la cual comienza a partir del 02 enero de 2026, debiendo exigirla a TODOS quienes requieran una autorización para desarrollar una actividad económica habitual.

 

Recordar que el plazo ha ido postergándose en el tiempo, recién el 29 de septiembre el Servicio de Impuestos Internos emitió la resolución Nº 127 en donde indica que el plazo se pospone hasta la fecha mencionada anteriormente.

 

Como municipalidad lamentamos que esta información siempre se entregue de forma muy anticipada a los plazos que se han establecido con anterioridad, sin embargo, es importante mencionar que, en esta materia, las decisiones, resoluciones y determinaciones las toman otros organismos.