✅ Feriantes contarán con nuevo régimen tributario especial a partir de agosto.
Con la publicación de la Ley N° 21.745 en el Diario Oficial, el Gobierno de Chile ha dado un paso importante hacia la modernización del comercio informal. La nueva normativa crea un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres, el cual entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2025.
Este nuevo sistema, dirigido a personas naturales que desarrollan actividades comerciales en ferias libres con permiso municipal y que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), tiene como objetivo facilitar la formalización, reducir barreras administrativas y fomentar el uso de medios electrónicos de pago, contribuyendo así a un entorno más seguro y transparente tanto para los comerciantes como para las autoridades locales.
Beneficios y condiciones
Entre los principales beneficios de este régimen, destacan la exención de llevar contabilidad, presentar declaraciones de impuestos y mantener libros auxiliares, obligaciones que muchas veces resultaban complejas para quienes trabajan en este tipo de comercio.
A cambio, los comerciantes deberán pagar un impuesto único del 1,5%, que se aplicará solo a las ventas realizadas mediante medios electrónicos autorizados. Este impuesto será retenido automáticamente por los operadores de dichos medios de pago, quienes además deberán asegurar que la carga total para el contribuyente —incluyendo comisiones— no supere el 3,5% del monto de la venta.
Registro e inscripción
Para acceder a este beneficio, los feriantes deberán inscribirse en un registro especial que administrará el SII, y la incorporación al régimen se hará efectiva al mes siguiente de la inscripción. Este proceso de incorporación estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2025, y durante ese período no será impedimento tener deudas tributarias anteriores.
Además, las municipalidades deberán informar al SII sobre la entrega, renovación o revocación de permisos de funcionamiento en ferias, fortaleciendo así la coordinación entre las instituciones públicas.
Apoyo institucional
La ley también contempla que la Defensoría del Contribuyente (DEDECON) preste orientación preferente a los comerciantes que decidan acogerse a este régimen. Asimismo, el Director del SII deberá rendir cuentas anualmente sobre el funcionamiento del sistema ante la Comisión de Hacienda del Senado.
Finalmente, quienes actualmente estén acogidos al régimen simplificado existente también podrán migrar al nuevo sistema hasta el 31 de diciembre de este año.
Modernización para el pequeño comercio
Este nuevo régimen representa una oportunidad concreta para los comerciantes de ferias libres, quienes por años han desarrollado sus actividades al margen de la formalidad tributaria. Con esta ley, se busca entregar herramientas más justas, simples y acordes a la realidad de este rubro, impulsando su crecimiento y generando mayor confianza en los consumidores.
Para más información, los interesados pueden acudir a sus respectivos municipios, oficinas del SII o visitar el sitio web www.sii.cl.
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